Ayuda inicial a cargo del MDN
- Atención psicosocial.
- Atención en salud.
- Medidas de protección y seguridad.
Reconocimiento y pago de bonificaciones económicas a cargo del Ministerio de Defensa Nacional: Las personas certificadas por el CODA podrán recibir un pago por entrega de material de guerra, intendencia, comunicaciones o de cualquier otro elemento que facilite a los GAOML el desarrollo de actividades ilícitas así como sustancias o drogas estupefacientes y los insumos y la maquinaria para su elaboración.
Beneficios sociales y económicos a cargo de ARN
Las personas certificadas por el CODA, podrán acceder a los beneficios sociales y económicos a cargo de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), dentro de la etapa de reintegración, consistentes en:
Acompañamiento psicosocial
gestión en salud
gestión en educación
apoyo económico a la reintegración
formación para el trabajo
inserción económica
Atención personalizada en los grupos territoriales y puntos de atención.
Beneficios jurídicos
La aplicación de los beneficios jurídicos solo procede frente a los desmovilizados certificados por el CODA, que estén siendo investigados o hayan sido condenados por delitos políticos o conexos; consistentes en:
• Cesación de procedimiento
• Preclusión de la Investigación
• Archivo de las diligencias
• Resolución inhibitoria
• Indulto, el cual es concedido a los nacionales que hubieren sido condenados mediante sentencia. ejecutoriada, por hechos constitutivos de delito político.
Si la persona ha cometido delitos diferentes a los políticos con ocasión y durante la pertenencia al GAOML, como secuestro, homicidio, extorsión reclutamiento ilícito de menores entre otros, podrá beneficiarse de la Ley de Alternatividad penal o Ley de Justicia y Paz (Ley 975 de 2005, reformada por la Ley 1592 de 2012) la cual tiene por objeto facilitar los procesos de paz y la reintegración a la vida civil, garantizando los derechos de las víctimas a la verdad justicia y reparación. Beneficio que consiste en suspender la ejecución de la pena ordinaria dispuesta para cada delito en la normatividad penal (siempre que los mismos hayan sido cometidos con ocasión de la pertenencia a un grupo armado organizado al margen de la ley y que no tengan el carácter de político o conexo, para que en su lugar el desmovilizado condenado cumpla una pena alternativa que puede variar entre 5 y 8 años.